“ESTA NAVIDAD PREMIAMOS COMPRAR EN LAS GABIAS”
ORGANIZADO POR PSOE | LAS GABIAS
- Finalidad del sorteo
El Sorteo tiene por objeto fomentar y apoyar el comercio y la hostelería local del municipio de Las Gabias durante la campaña de Black Friday y las compras navideñas, incentivando que la ciudadanía realice sus compras y consuma en los establecimientos del municipio. - Entidad organizadora y contacto
El presente sorteo (en adelante, el “Sorteo”) está organizado por la Agrupación Local del PSOE de Las Gabias, con sede en la Casa del Pueblo, sita en C/ Algivillo nº 8, Las Gabias (Granada).
Para cualquier consulta relacionada con el sorteo, las personas interesadas podrán dirigirse al correo electrónico: lasgabiaspsoe@gmail.com - Ámbito territorial y personal
3.1. Podrán participar en el Sorteo todas las personas físicas mayores de 18 años que realicen compras en comercios y restaurantes del término municipal de Las Gabias, de acuerdo con lo establecido en estas bases.
3.2. Quedan excluidas de la participación las personas que formen parte de la organización directa del Sorteo. - Periodo de participación
4.1. Serán válidos los tickets de compra emitidos por comercios y restaurantes de Las Gabias entre el viernes 28 de noviembre de 2025 y el lunes 5 de enero de 2026, ambos incluidos.
4.2. No se admitirán tickets con fecha anterior al 28 de noviembre de 2025 ni posterior al 5 de enero de 2026. - Requisitos para participar
5.1. Participación mediante tickets de comercios locales
● Se entregará una participación en formato físico por cada ticket de compra de importe igual o superior a 10,00 € realizado en cualquier comercio del municipio de Las Gabias que tenga la consideración de autónomo, microempresa o pequeña empresa con sede social en Las Gabias.
5.2. Participación mediante tickets de restaurantes locales
● También podrán participar tickets de restaurantes del municipio de Las Gabias por una cantidad igual o superior a 15,00 €, siempre que se trate de autónomos, microempresas o pequeñas empresas con sede social en Las Gabias. En este caso, se entregará igualmente una participación en formato físico por cada ticket.
5.3. Condiciones de los tickets y establecimientos
● Los tickets deberán ser originales, legibles y corresponder a establecimientos ubicados en el término municipal de Las Gabias.
● El Sorteo está dirigido a tickets de negocios de Las Gabias de autónomos, microempresas y pequeñas empresas con sede social en Las Gabias.
● Quedan expresamente excluidos de la participación en este Sorteo los tickets de grandes empresas, incluyendo, a título enunciativo pero no limitativo, cadenas de distribución, supermercados y restauración.
● No se admitirán fotocopias ni tickets manipulados, deteriorados o que no permitan identificar claramente el establecimiento, la fecha y el importe de la compra.
● Cada ticket sólo podrá canjearse una única vez por una participación.
● La organización sellará o marcará el ticket presentado para evitar su reutilización.
● La organización podrá invalidar participaciones obtenidas mediante mala fe, manipulación de tickets o que incumplan las condiciones de estas bases. - Canje de tickets por participaciones
6.1. Las participaciones se entregarán en la Casa del Pueblo (C/ Algivillo nº 8, Las Gabias), entre los días lunes 1 de diciembre y lunes 5 de enero, en el siguiente horario ordinario:
● De lunes a jueves: de 12:00 a 13:00 horas.
● Viernes: de 12:00 a 13:00 y de 19:30 a 21:00 horas.
6.2. Quedan excluidos de este horario de canje los días festivos, en los que no se realizará entrega de participaciones, concretamente los días 8, 24 y 25 de diciembre de 2025 y 1 de enero de 2026, en los que no habrá servicio de canje en ninguno de los horarios indicados.
El día 5 de enero de 2026 se mantendrá el horario de mañana (de 12:00 a 13:00 horas), quedando excluido únicamente el horario de tarde (de 19:30 a 21:00 horas), en el que no se realizará entrega de participaciones.
6.3. Para obtener la participación, la persona deberá presentar el ticket de compra que cumpla los requisitos de estas bases. El ticket será sellado o marcado y devuelto a la persona participante (sin conservar copia ni registrar datos personales, cumpliendo con la normativa de protección de datos), y se le entregará la participación física numerada correspondiente.
6.4. La participación constará de un documento físico con un número identificador que será introducido en la urna del Sorteo. La persona participante deberá conservar su participación, ya que será el único documento válido para acreditar el premio en caso de resultar ganadora. - Premio
7.1. El premio consistirá en una cesta valorada en (al menos) 100 € (en adelante, el “Premio”), que contendrá, entre otros, productos típicos, incluyendo:
● Dulces (como bombones y chocolates),
● Bebidas (vino, cava o licores),
● Embutidos y quesos (jamón ibérico, chorizo y queso).
También podrán incluirse productos gourmet, como conservas (aceitunas, mejillones) y patés. El contenido, que no el valor, podrá variar ligeramente según disponibilidad de productos en comercios locales.
7.2. Todos los productos que integren la cesta serán adquiridos en negocios de Las Gabias que cumplan las condiciones señaladas en el punto 5 (autónomos, microempresas y pequeñas empresas con sede social en Las Gabias).
7.3. El Premio es personal e intransferible y no podrá canjearse por su valor en metálico ni por otro premio distinto. - Fecha, lugar y mecánica del sorteo
8.1. El Sorteo se celebrará el día 7 de enero de 2026, en la Casa del Pueblo (C/ Algivillo nº 8, Las Gabias), a la hora que determine y anuncie la organización a través de sus canales de comunicación.
8.2. El Sorteo se realizará mediante la extracción al azar de una papeleta de entre todas las participaciones introducidas en la urna. Podrán extraerse, si así lo decide la organización, una o varias papeletas de reserva, para el caso de que la participación ganadora no se presente en el plazo establecido o resulte inválida.
8.3. La extracción de la papeleta ganadora será retransmitida en directo a través de la página de Facebook del PSOE de Las Gabias, a efectos de garantizar la transparencia del proceso. - Comunicación y acreditación de la persona ganadora
9.1. Una vez celebrado el Sorteo, se hará público el número de la participación ganadora (y, en su caso, de las reservas) en los canales de comunicación habituales del PSOE de Las Gabias (tablón de anuncios, redes sociales, incluida la página de Facebook, u otros que se consideren oportunos).
9.2. En el marco del Sorteo no se recabarán datos personales (nombres, teléfonos, etc.) de las personas participantes en ningún momento. La única forma de acreditar el derecho al premio será la presentación de la participación física original cuyo número coincida con el publicado como ganador.
9.3. La persona ganadora deberá contactar con la organización, mediante cualquiera de los canales de comunicación (redes sociales o correo electrónico lasgabiaspsoe@gmail.com), o acudir a la Casa del Pueblo con la participación premiada en el plazo máximo de 15 días naturales tras hacer públicos los resultados. En caso de no contactar con la organización o presentarse en dicho plazo, la organización podrá adjudicar el premio a una participación de reserva o declarar desierto el Sorteo.
9.4. Si la participación presentada estuviera deteriorada de forma que no permita verificar claramente su autenticidad o su numeración, la organización podrá invalidarla.
9.5. Si ninguna participación ganadora (o, en su caso, de las reservas) se presenta en el plazo establecido, la organización podrá declarar el sorteo desierto o repetir la extracción. - Uso opcional de la imagen de la persona ganadora
10.1. En ningún caso será obligatorio hacerse una fotografía ni aparecer en publicaciones para poder recibir el premio.
10.2. Una vez identificado el número ganador y acreditada la participación, la persona ganadora podrá decidir libremente y de forma totalmente voluntaria si desea hacerse una fotografía y/o aparecer en publicaciones (por ejemplo, en redes sociales o medios de comunicación propios del PSOE de Las Gabias) relacionadas exclusivamente con la entrega del premio y con carácter informativo.
10.3. La negativa de la persona ganadora a hacerse fotografías o a que su imagen sea publicada no implicará en ningún caso la pérdida del premio, ni dará lugar a trato desfavorable alguno.
10.4. En caso de que la persona ganadora acepte hacerse una fotografía y su publicación, dicha aceptación se entenderá como una autorización puntual para ese fin concreto, sin creación de bases de datos de participantes y sin que se realicen otros usos diferentes de los indicados. - Aceptación de las bases
11.1. La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases.
11.2. La organización se reserva el derecho de interpretar estas bases y de resolver cualquier conflicto o situación no prevista en las mismas, siempre buscando una solución equitativa y respetuosa con las personas participantes y el objetivo del Sorteo.
11.3. La organización se reserva igualmente el derecho a modificar las bases, suspender o cancelar el Sorteo por causa de fuerza mayor o por circunstancias ajenas a su voluntad, comprometiéndose en tal caso a informar públicamente de dichas circunstancias.
